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El libro de subcontratación se habilita por internet: qué deben revisar las constructoras
La habilitación del libro de subcontratación se está digitalizando comunidad a comunidad: en Extremadura es telemática íntegra desde el 1 de junio de 2026 y en Castilla-La Mancha solo se hace por internet desde 2019.
Qué ha pasado
La Dirección General de Trabajo de Extremadura ha implantado la tramitación electrónica íntegra del procedimiento de habilitación de los libros de subcontratación, disponible desde el 1 de junio de 2026. En otras comunidades, como Castilla-La Mancha, la habilitación ya solo se hace por vía telemática desde hace años.
El cambio es de canal, no de obligación: lo que sigue siendo obligatorio es tener el libro habilitado y al día en la obra.
Qué exige la ley en toda obra
La Ley 32/2006 y su reglamento, el Real Decreto 1109/2007, obligan a:
- Obtener un libro habilitado antes de subcontratar parte de la obra con otra empresa o con un trabajador autónomo.
- Mantener el libro en la obra y reflejar en él, por orden cronológico, todas las subcontrataciones realizadas.
- Solicitar la habilitación ante la autoridad laboral de la provincia donde se ejecuta la obra, no donde está el domicilio social de la empresa.
Fuentes
- BOE: Ley 32/2006, de subcontratación en el Sector de la Construcción
- BOE: Real Decreto 1109/2007, que desarrolla la Ley 32/2006
- CREEX: tramitación electrónica de la habilitación de los libros de subcontratación
- Junta de Extremadura: libro de subcontratación en obras de construcción
Resumen informativo elaborado por APC Proyectos. No sustituye al asesoramiento fiscal o jurídico.
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